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Le pese a quien le pese, le guste a alguien o no, pero la palabra empoderamiento y lo que está detrás de ésta sigue empoderándose. ¡Viva el empoderamiento!
¿A lo mejor os suena más doméstico empadronamiento? ;)

>antonio bausan escribe:

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>>Aspirina escribe:

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>>Le pese a quien le pese, le guste a alguien o no, pero la palabra empoderamiento y lo que está detrás de ésta sigue empoderándose. ¡Viva el empoderamiento!

>>¿A lo mejor os suena más doméstico empadronamiento? ;)

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>Mirando las referencias, sinceramente se parecen como un huevo a una castaña.

Te parece así porque no has pillado la ironía y el juego de palabras. Como entenderás no me voy a poner a explicártelo aquí. Ya me he dado cuenta de ello en nuestra correspondencia privada. Parece que no has superado el trauma )))))

>Aspirina escribe:

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>Le pese a quien le pese, le guste a alguien o no, pero la palabra empoderamiento y lo que está detrás de ésta sigue empoderándose. ¡Viva el empoderamiento!

>¿A lo mejor os suena más doméstico empadronamiento? ;)

Mirando las referencias, sinceramente se parecen como un huevo a una castaña. Empadronamiento es una cosa y empoderamiento es otra, gramaticamente se parecen pero nada mas. Ni comparten raíces, ni siquiera ubicación en el diccionario. Las referencias en el diccionario, de la palabra empoderamiento son bastante nuevas en el diccionario español (2002) no asi en el panamericano (1996).
Como bien dice aspirina. Lo cual me reafirma en la idea que exprese anteriormente. Es una palabra usada principalmente en Sudamérica, que no en España. E incorporada por cercanía geográfica a los países iberoamericanos, que de una palabra de palabra de origen español.
¿El ámbito en el que se usa? me parece mas que correcto. Aunque discrepe después de sus orígenes.
El cachondeo del Código Procesal Penal argentino.
" Flagrante
Dícese del delito cometido ante testigos.
El Código Procesal Penal argentino autoriza a cualquier individuo que presencia la comisión de un delito a detener al delincuente y presentarlo a la autoridad competente; esta facultad se convierte en obligación cuando quien presencia la comisión del delito es un agente de policía.En el Derecho Constitucional encontramos otro caso de aplicación de este concepto, pues tanto los senadores como los diputados, pese a gozar del
fuero parlamentario,
pueden ser arrestados en caso de ser sorprendidos en
flagrante delito,
cuando éste está reprimido con pena infamante o aflictiva. (V.
FUERO.)"
Ya sabéis Che, podéis detener a los senadores por Ley, así que deteneos, ya que no hay peores delincuentes que los políticos.

>Маркиз Де Помпа Дур escribe:

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>Me párese curioso que esta monjita no se acuerda del hecho que la primera institución que quería durante siglos dominar y embobar a todo el mundo es, precisamente, la misma Iglesia Católica con su dichoso Papa, a la cual ella en este momento está sirviendo con tanta celera, pese a que ésta no quiere conceder recalcitrantemente los mismos derechos a las mujeres -, sus incansables siervas,-los (...)

¿Quién no aprecia y valora a los miembros de la Iglesia que actúan en ella con gerenosidad y libertad de conciencia?
¿Qué persona honesta, sin embargo, no detesta a la Iglesia del poder terrenal y autosuficiente, la Iglesia de la hipocresía moral y de la banca vaticana?
Gentes como Teresa Forcades que se toman en serio el evangelio representan a la Iglesia viva. Muchos jerarcas y fieles se exasperan cuando tienen curas y monjas que, como ella, defienden a los pobres u oprimidos en todos los niveles.
No hay que olvidar que Teresa Forcades, entre otras cosas, es conocida por su apoyo a la teología de la liberación, el apoyo a las mujeres dentro y fuera de la Iglesia, así como defensora del matrimonio entres gays y lesbianas.
Сергей, это Вы Ley Concursal/испанский закон "О банкротстве" мусолите?
Может, эта статья поможет Вам понять "испанскую душу" или хоть испанских адвокатов:
http://www.elderecho.com/civil/compensacion-creditos-concurso-acreedores_11_205555001.html
"еn una situación de concurso, el mecanismo de la compensación extiende sus efectos de una forma, realmente, mucho más amplia; porque no sólo afecta al concursado y al acreedor que, a su vez, es deudor del concursado, sino que, además, repercute en todos los demás acreedores de dicho concursado: éstos últimos, evidentemente, quedarían sometidos a la ley del dividendo y a cualquier quita o aplazamiento que surja de un posible convenio. Pero de ello quedaría excluido el acreedor-deudor del concursado quien, por el mecanismo de la compensación, cobraría su crédito hasta la cuantía de la que fuera deudor del concursado, en su integridad, quedando excluido ese crédito compensado de la referida ley del dividendo y de cualquier quita o aplazamiento. De esta forma, la compensación daría lugar por tanto, a un trato privilegiado a favor de los acreedores deudores del concursado frente a los demás acreedores que no son sus deudores, lo cual sería contrario a la "par conditio creditorum".
No obstante, la fecha determinante es la de la declaración del concurso....
pese a lo efectivamente recogido en el artículo 1202 CC in fine ("El efecto de la compensación es extinguir una y otra deuda en la cantidad concurrente, aunque no tengan conocimiento de ella los acreedores y deudores"), lo cierto es que, en la realidad jurídica, esta institución de la compensación no opera de una forma tan automática como en virtud de dicho precepto, cabría inferir. Por el contrario, el acreedor-deudor, en términos generales, es quien debe invocar la existencia de esa compensación para hacer valer sus efectos, sin perjuicio de que, una vez reconocida ésta, dichos efectos se retrotraigan al momento efectivo en que los requisitos se cumplieron.
De esta forma, cabría preguntarse, en qué momento del procedimiento concursal resulta oportuno realizar esa invocación. Pues bien, parece que la respuesta más acertada a esta cuestión se encuentra en la propia Ley Concursal, la cual regula en el Capítulo III, del Título IV, a partir del artículo 84, en qué forma debe procederse a la determinación de la masa pasiva del concurso y en este particular, no cabe duda de que, habiendo concurrido o no los requisitos de la compensación con carácter previo a la declaración de concurso, en tanto en cuanto el acreedor-deudor no haga valer los efectos de esa compensación, de lo que el mismo es titular es de un crédito que en principio, siendo anterior a la declaración de concurso, es susceptible de ser integrado en la masa pasiva del concurso. Por tanto, será en el trámite de la comunicación de créditos regulado en el artículo 85, donde el acreedor deberá procurar el reconocimiento de los efectos de la compensación ante la Administración concursal. "
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GRAMÁTICA(S)
# Los relativos indefinidos
Algunos pronombres, adjetivos y adverbios relativos se agrupan con la tercera persona del
singular del presente de subjuntivo del verbo querer para formar una serie de indefinidos compuestos
[—> § 73.8.5]: cualquiera, quienquiera, comoquiera y dondequiera (con su variante adondequiera). 118
En el anterior paradigma debe integrarse igualmente cuando quiera, pese a que el DRAE prescribe
en este caso la separación de los miembros del compuesto en la escritura.1 1 9 El carácter sintácticamente
unitario de estas entidades se pone de manifiesto por el hecho de que el verbo querer ha
perdido en ellas su capacidad para seleccionar argumentos. Eso permite contraponer los ejemplos
de (192):
(192)
a. Que venga cuando quiera.
b. Cuando quiera que venga, será bien recibida.
En (192a), el adverbio relativo y el verbo quiera no forman compuesto, como muestra la posibilidad
de intercalar un sujeto (Que venga cuando ella quiera) o la de modificar la persona del
verbo (Que vengan cuando quieran). Por el contrario, en (192b) esos cambios no son posibles (cf.
*Cuando ella quiera que venga, será bien recibida; *Cuando quieran que vengan, serán bien recibidas),
puesto que dicha forma verbal ha perdido su independencia sintáctica para pasar a ser una mera
marca de inespecificidad, de modo que la interpretación de (192b) es equivalente a «sea cual sea
el momento en el que venga, será bien recibida».
[GDLE, RAE, 1999]
# cuandoquiera. cuandoquiera que. Locución conjuntiva temporal que significa ‘siempre que o en cualquier momento en que’: «Dondequiera y cuandoquiera que el Consejo de Seguridad decida actuar contra una amenaza a la seguridad, todos los países miembros están obligados a prestar ayuda» (País [Esp.] 8.10.02). En el habla esmerada, no debe prescindirse de la conjunción que: Marca de incorrección.cuandoquiera el Consejo de Seguridad decida... El primer elemento de esta locución conjuntiva ha de escribirse hoy en una sola palabra (cuandoquiera), por lo que no debe confundirse con la combinación ocasional del adverbio relativo CUANDO y la primera o tercera persona del presente de subjuntivo del verbo QUERER, que significa ‘en el momento que desee’: «Una cosa es que una mujer pueda hacer lo que quiera y otra es que le sea posible HACERLO CUANDO QUIERA y con quien quiera» (Rossetti Alevosías [Esp. 1991]).
[Diccionario panhispánico de dudas, RAE, 2005]
# La forma verbal -quiera, que corresponde al presente de subjuntivo del
verbo querer, está gramaticalizada. No admite, por tanto, flexión de número y carece
de otros rasgos verbales, a diferencia de lo que sucede cuando QUIERA se usa como
verbo pleno. Así pues, el segmento donde quiera en Que vaya donde quiera constituye
una relativa libre cuyo verbo es quiera. Admite un sujeto explícito (Que vaya donde su
mamá quiera) o un infinitivo (Que vaya donde quiera ir), así como flexión en plural
(Que vayan donde quieran). En cambio, el relativo inespecífico dondequiera en Triunfará
dondequiera que vaya rechaza la interpolación del sujeto entre donde y quiera, la
construcción con infinitivo (*Triunfará dondequiera ir que vaya) y la variación de número
en -quiera (*dondequieran). El segmento compositivo -quiera no se escribe hoy
separado en estos relativos compuestos. La ortografía actual prescribe, pues, dondequiera
que viva (en lugar de donde quiera que viva, variante incorrecta) o cuandoquiera
que la encuentre (no cuando quiera que la encuentre). Por el contrario, las
combinaciones cuando quiera, como quiera o donde quiera son naturales si no forman
relativos inespecíficos: cuando (ella) quiera, que la encuentre.
[NGLE (edición manual), RAE, 2010]
Ejemplos de la literatura:
«Las poblaciones hispano-indio-americanas de México, América Central y América del Sur», dictamina ecuánimemente O\'Sullivan, «proporcionan el único receptáculo capaz de absorber esa raza CUANDOQUIERA QUE ESTEMOS preparados para expulsarla, para emanciparla de la esclavitud y, simultáneamente necesario, para removerla de dentro de nuestra raza».
[José Luis Orozco, De teólogos, pragmáticos y geopolíticos, Gedisa Editorial, 2001]
cuandoquiera que indicativo
En el acercamiento que a despecho de todo se ha venido produciendo entre los colombianos, hemos llegado los miembros de los diferentes partidos al ideal de confundirnos en un solo dolor, CUANDOQUIERA QUE la herida de un desaparecimiento ES causada a la nación por la importancia intrínseca del ser que ya no vuelve.
[Marco Fidel Suárez, Sueños de Luciano Pulgar, Ediciones de la Revista Bolívar, 1954]
Устал я, Маркиз, поэтому иду q есть, пить и спать sin intenciones de hacerlo cuando ella quiera :)))))

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VICTORIA VICTORIA
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